¿Qué es el Depósito a tu gusto?
 
  • Es un depósito que te permite escoger, la forma de distribución de la inversión total entre sus dos componentes: el componente a plazo y el componente referenciado a bolsa.


  • Te permite elegir la parte que deseas invertir con rentabilidad conocida y la parte que dejas referenciada a Bolsa.

  • Titulares
      Cualquier persona física puede contratarlo en www.kutxa.net
    Imposición
      Mínimo: 3.000 euros.
    Plazo del depósito a tu gusto
     
  • Componente a plazo: a elegir entre 6 meses, 9 meses y 12 meses
  • .
  • Componente referenciado a Bolsa
  • : 36 meses.
    ¿Qué es el componente a plazo?
      Componente con pago de intereses al vencimiento cuya remuneración se aplicará en función del periodo mantenido.

    Además, esta remuneración puede ser aún más elevada si al contratar realizas simultáneamente una aportación a un Plan de Previsión o de Pensiones Kutxa.
    ¿Qué es el componente referenciado a bolsa?
      D.J.EuroStoxx50® , índice formado por los 50 valores mas importantes de la Eurozona.
    componente referenciado a D.J EuroStoxx50®
      ¿Cómo se calcula la rentabilidad que obtendré por la parte invertida en el Componente referenciado a Bolsa?

  • Se tomará como referencia inicial el valor de cierre del Índice mas alto en el período comprendido entre el 20 de septiembre y el 20 de octubre de 2010 ambos inclusive.

  • Por otro lado, se tomará como referencia final , el valor que resulte de calcular la media aritmética de los valores de cierre de dicho índice el último día hábil de cada uno de los meses comprendidos entre la fecha inicial y la final, siendo la primera observación el 29 de octubre de 2010 y la última el 30 de agosto de 2013.

    Los valores de cierre del índice menores a la referencia inicial no se tendrán en cuenta, tomándose en su lugar para el cálculo de la media, la referencia inicial.

    La fecha de inicio de este componente es el 20/09/2010.

    Desde la fecha de contratación hasta dicha fecha el importe del componente bolsa se remunerará al 0,75%.

    La rentabilidad será:
  • 30% de la revalorización media del índice.
  • Rentabilidad
      La rentabilidad total será la suma resultante de:

  • La rentabilidad del componente a plazo. Simula la rentabilidad que obtendrías en función de las características en las que quieres contratar el depósito. Pincha aquí.

  • La rentabilidad del componente referenciado a Bolsa. El porcentaje de revalorización dependerá de la modalidad de referencia elegidos en la contratación.

    Con la tranquilidad de recuperar el 100% de la inversión.
  • Rentabilidad en caso de hacer aportaciones a planes
      Si realizas una aportación a tu Plan de Previsión o Pensiones, las tarifas en el componente a plazo mejoran dependiendo del importe de tu aportación. Ten en cuenta, que si no tienes un Plan de Previsión o Pensiones, primero deberás realizar la apertura de dicho plan.

    Además, si realizas aportaciones periódicas a tu Plan de Previsión o Pensiones, las tarifas en el componente a plazo también mejoran ya que se tendrá en consideración el total de las aportaciones hasta el 31 de diciembre del año en curso.

    En el caso de que tengas una orden periódica de aportación a un Plan y vayas a realizar una aportación puntual, ambas se considerarán a efectos de la rentabilidad del componente invertido en el depósito a plazo (mínima aportación anual para la bonificación 500 euros)

    La orden periódica solo se podrá asociar a un depósito "a tu gusto" y no se podrá anular ni modificar esta orden periódica hasta el 31 de diciembre del año en curso.

    Deberás indicar en el momento de la contratación si deseas asociar una orden periódica al depósito que estás contratando.

    Simula la rentabilidad que obtendrías si realizas aportaciones a planes. Pincha aquí.
    Liquidez
      Disfrutarás de total liquidez en el componente invertido a plazo, no así en la inversión del componente referenciado a Bolsa que no permite la cancelación anticipada.
    Fiscalidad
      Los intereses que se generan por la contratación de los depósitos tributarán a un tipo fijo del 20%. La retención será, del 19%.
    Liquidación de intereses
      Se realizará al vencimiento de los depósitos.
    Periodo de contratación
      hasta el 17/09/2010 inclusive o hasta agotar existencias.